Search
Close this search box.

SOLICITUD Parol
Humanitario
I-134A

El gobierno Americano ha implantado procedimientos en línea que permiten a los ciudadanos de Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela, junto con sus familiares directos, entrar legalmente en los Estados Unidos por un periodo temporal de hasta dos años.

Tarifas de Presentación de Solicitudes del Gobierno (USCIS)

Costos de Servicio de Road to Freedom

1. ¿CÓMO ES EL PROCESO DE SOLICITUD?

• El patrocinador residente de EE.UU. presentará electrónicamente el formulario I-134A a USCIS, Solicitud en línea para ser patrocinador y declaración de apoyo financiero, por cada beneficiario al que desee apoyar.

• Si USCIS confirma el Formulario I-134A, enviará un correo electrónico al beneficiario con instrucciones para crear una cuenta gratuita en línea y recibir los siguientes pasos.

• A continuación, el beneficiario recibirá instrucciones a través de su cuenta gratuita en línea del USCIS sobre cómo enviar su información biográfica a la aplicación móvil One del Servicio de Aduanas y Protección de Fronteras de EE.UU. (CBP).

• Se notificará al beneficiario a través de su cuenta en línea del USCIS si se autoriza el viaje. Una vez autorizado, la autorización de viaje es válida durante 90 días. Los beneficiarios son responsables de su viaje a los estadounidense.

• Los beneficiarios serán inspeccionados caso por caso a su llegada y serán sometidos a controles e investigaciones adicionales para ser considerados aptos para el parole. 

• Las personas a las que se conceda el parole según cada caso concreto en virtud de estos procesos podrán entrar en Estados Unidos por un periodo máximo de dos años y solicitar autorización de trabajo una vez en el país. 

2. REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD PARA LOS PATROCINADORES

• Ser Ciudadano Americano, o residente permanente legal de los EE.UU., con estatus migratorio legal en los Estados Unidos, o beneficiario de el parole o de la acción diferida o salida forzosa diferida.

• Pasar la investigación de seguridad y antecedentes

• Demostrar recursos económicos suficientes para acoger, mantener y sostener al beneficiario propuesto durante el periodo de dos años de parol.

3. REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD DE LOS BENEFICIARIOS

Para poder solicitar el parol en virtud de estos procesos, cada beneficiario debe:

• Estar fuera de Estados Unidos

• Ser Ciudadano de Cuba, Haití, Nicaragua o Venezuela, o ser familiar directo (cónyuge, pareja de hecho o hijo soltero menor de 21 años) y viajar con un Ciudadano Cubano, Haitiano, Nicaragüense o Venezolano que cumpla los requisitos.

• Tener un patrocinador residente en Estados Unidos que haya presentado en su nombre el formulario I-134A confirmado por el USCIS.

• Estar en posesión de un pasaporte vigente y válido para viajes al extranjero.

• Viajar con uno de los padres o un tutor legal si es menor de 18 años

• Cumplir todos los requisitos, incluida la vacunación y otras directivas de salud pública.

• No haber cruzado ilegalmente la frontera Mexicana o Panameña después de que se anunciara el proceso.

• No haber cruzado ilegalmente a Estados Unidos después de que se anunciara el proceso (las personas con un único caso de partida voluntaria o retirada de su solicitud de admisión siguen siendo elegibles).

• No haber sido expulsado de EE.UU. en los últimos cinco años ni estar sujeto a una prohibición de admisibilidad basada en una orden de expulsión anterior.

• Si es Cubano o Haitiano, no haber sido interceptado en el mar después del 27 de abril de 2023.

3. ¿CUÁNTO DURA EL PROCESO?

Los periodos de tramitación de USCIS cambian constantemente y pueden variar en función de su oficina local y de la gran cantidad de solicitudes recibidas.